LA PLATA, Mayo 10 (www.SaltoCiudad.com.ar) El diputado provincial del GEN, Jorge Santiago, presentó una iniciativa que modifica la Ley 14.556, sobre políticas de educación para la salud, norma que omitía incluir la actividad física y los buenos hábitos alimentarios.
El proyecto mejora la Ley 14.556, ya que si bien ésta introdujo en el sistema educativo provincial estrategias de enseñanza para la salud, no explicitaba la relevancia de educar a niños, niñas y adolescentes en cuanto a los hábitos alimentarios saludables.
Puntualmente, se modifica el artículo 15 de la citada norma, donde ahora se establece con claridad que “el Ministerio de Cultura y Educación deberá suministrar material de difusión y elaborar campañas de concientización con criterio pedagógico, teniendo en cuenta cada nivel educativo con las pautas y guías de alimentación saludable, e información que resulte relevante, tales como: La importancia de la alimentación saludable y la actividad física, en la etapa de crecimiento y desarrollo; fomento de la actividad física diaria, curricular y extracurricular; e importancia de la prevención de enfermedades provocadas por la mala alimentación y la inactividad física”.
Además, el diputado oriundo de Rojas incorpora otro ítem donde se instituye que “las instituciones educativas deberán cumplir con los estándares de calidad y cantidad de educación y actividad física, establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS)”.
Santiago, en su carácter de representante de los 15 partidos de la segunda sección bonaerense, aclaró que habrá una Comisión Interministerial para realizar un control anual “fiscalizando que se cumplan con las obligaciones de la presente ley”, y que en caso que inobservancia a ellos se aplicara la sanción que corresponda.
“La actividad física diaria -se fundamenta en la iniciativa-, junto con hábitos de alimentación saludable, son los dos pilares esenciales para asegurar al niño desarrollar una vida plena y sana. La alimentación, la educación, la salud y el desarrollo, son institutos fundamentales tutelados por la Convención de los Derechos del Niño”.
De acuerdo a relevamientos internacionales, se ha observado que la inactividad física es el cuarto factor de riesgo en lo que respecta a la mortalidad mundial: es decir el 6 % de las muertes registradas en todo el mundo; la inactividad física es la causa principal de aproximadamente un 21 % - 25 % de los cánceres de mama y de colon, el 27 % de los casos de diabetes, y aproximadamente el 30 % de la carga de cardiopatía isquémica.
El proyecto también precisa que la “actividad física” no debe confundirse con el “ejercicio”. La actividad física abarca el ejercicio, pero también otras actividades que entrañan movimiento corporal y se realizan como parte de los momentos de juego, del trabajo, de formas de transporte activas, de las tareas domésticas y de actividades recreativas.
Finalmente, Santiago recuerda que “aumentar el nivel de actividad física es una necesidad social, no solo individual. Por lo tanto, exige una perspectiva poblacional, multisectorial, multidisciplinaria y culturalmente idónea”. (www.SaltoCiudad.com.ar)