Desde el próximo lunes 16, en Bienestar Social

Llamado a inscripción de aspirantes y apertura del Registro del Barrio-Pprograma Cuidemos a los Abuelos

Mediante Expediente Nº 4099-32836/16- La Municipalidad de Salto llama por DIEZ (10) DIAS a INSCRIPCIÓN DE ASPIRANTES Y APERTURA DE REGISTRO PARA EL BARRIO- PROGRAMA CUIDEMOS A LOS ABUELOS.- Los interesados deberán inscribirse y retirar turnos durante un plazo de CINCO (05) DIAS HÁBILES por ante el ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTO cita en Avenida Hipólito Irigoyen S/Nº de la Ciudad de Salto (Predio Obrador Municipal) en el HORARIO de 07:00 hs. a 12:00 hs. ----------------------

El presente llamado se realiza en un todo de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 126/94 y demás normativa vigente, concordante y complementaria.-REQUISITOS PARA ACCEDER A LA INSCRIPCIÓN : Podrán serán aspirantes al Programa Cuidemos a los Abuelos, quienes cumplan con los siguientes requisitos:

a) Contar con TRES (3) años de residencia y/o domicilio real en el Partido de Salto al momento de la inscripción.-

b) Presentar documento de identidad de los miembros del grupo familiar.-

c) El solicitante deberá tener como mínimo sesenta (60) años.-

c.1 Matrimonios y/o  uniones de hecho donde por lo menos uno de los integrantes tenga como edad mínima sesenta (60) años.

c.2 Personas cuya edad mínima sea sesenta (60) años con personas discapacitadas físico/mental a su exclusivo cargo.-

c.3 Hermanos donde uno de ellos tenga como edad mínima sesenta (60) años.-

c.4 Persona de igual sexo tengan o no relación de parentesco a partir de los sesenta (60) años.-

c.5 Personas solas de sesenta (60) años o más.-

 

d) Si se tratare de inquilinos deberán presentar contrato de alquiler y recibo de pago o en su casa certificación de propietario del inmueble que acredité la calidad del ocupante.-

NO PUEDEN INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO:

1) Los que resulten propietarios de bienes inmuebles, tanto del solicitante como cualquier miembro del grupo familiar en el ámbito de la REPÚBLICA ARGENTINA.-

2) Los que resulten titulares de créditos oficiales el aspirante o cualquier miembro del grupo familiar.-

3) Los que hubiesen obtenido terreno en como dato mediante Ordenanza Municipal del HCD o resulten ocupantes de hecho de terrenos municipales y hubieran construido en el mismo casa-habitación o iniciado la construcción el postulante ningún miembro del grupo familiar.-

4) Quienes hubieron resultados adjudicatarios en otros Barrios Municipales y hubieran sido descalificados o hubieran renunciado a la adjudicación y no hubieren transcurrido cinco (5) años desde la descalificación y/o renuncia.-

5) Los que tengan causa penal pendiente o se hallen cumpliendo condena y hasta tres (3) años después de haberla cumplido.-

La Reglamentación de la Adjudicación de Vivienda en el marco del Programa Cuidemos a los Abuelos establecida por Ordenanza Municipal Nº 126/94 se encuentra disponible en la Página Web del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Salto (www.hcdsalto.com.ar). Del mismo modo, se podrá retirar también una copia en la Dependencia antes mencionada.-

Aclaración: Las unidades habitacionales que corresponden a dicho programa fueron construidas en la década del 90 y se ubican en el Barrio Industrial de nuestra ciudad.

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